Las nulidades
se consiguen con dinero e influencias?
Cualquier
persona puede acudir al Obispado de su diócesis para solicitar un proceso de
nulidad. Normalmente, hay que tener un abogado, que será quien presente la
demanda de nulidad, pero si no se tienen
medios económicos para pagar a un abogado, o si, incluso, no se pueden pagar
las costas del Tribunal, la Iglesia le
puede ayudar, de diferentes maneras o grados. Todas aquellas personas cuyo
sueldo sea menor al doble del salario mínimo interprofesional, tan sólo tienen
que presentar unos documentos que lo acrediten, y, por el procedimiento de Gratuito Patrocinio, la Iglesia les paga íntegramente todo el
proceso. Además, existe la Reducción de Tasas, por
las que una persona, también sin suficientes medios, puede pagar tan sólo o el
25%, o el 50%, o el 75% del total del proceso. Existe también, en la Iglesia,
la figura del Patrono
estable, o
abogado gratuito, al que puede acudir cualquier persona, sin necesidad de
demostrar que carece de medios económicos. Estos abogados están al servicio de
todo aquel que se quiera acoger a ellos.
¿Por qué
algunos famosos, de dudosa moralidad, han conseguido la nulidad?
Hay que
reconocer que, en ocasiones, algunos procesos de nulidad se han hecho polémicos
por tener como protagonistas a personajes famosos. Personas que viven con sus
parejas sin estar casadas, que tienen varias experiencias matrimoniales a sus
espaldas. A la gente de a pie le extraña que la Iglesia no tenga en cuenta este
estilo de vida. Frente a ello, Don Isidro Arnáiz, Presidente del Tribunal
Eclesiástico de Madrid, recuerda que, «en una declaración de nulidad del
matrimonio, la Iglesia, en lo que tiene que fijarse, es en las circunstancias
que concurrieron en el momento de la celebración del matrimonio. Las
circunstancias posteriores a la celebración de ese matrimonio pueden servir de
indicio respecto a lo que sucedió en el momento de la celebración, o no. La
vida posterior de las personas tiene que ver con la moral cristiana, y tendrán
que pedir perdón por sus conductas contrarias a la doctrina y la moral de la
Iglesia, pero, para un Tribunal, lo que cuenta es lo que sucedió, y las
circunstancias que concurrieron durante la celebración del matrimonio».
¿La
Iglesia se enriquece con los procesos de nulidad?
Lo
cierto es que la Iglesia, por cada expediente, recibe 700 euros, en concepto de
derechos del tribunal. Esto supone tan
sólo una tercera parte de lo que cuesta el mantenimiento del tribunal. Dicho de
otra manera: a la diócesis le cuesta dinero mantener los tribunales, con lo que
la nulidad, al final, se convierte en un auténtico servicio.
¿Por qué
hay matrimonios, con siete hijos, casados durante toda una vida, que terminan
consiguiendo la declaración de nulidad?
El
hecho de que un matrimonio haya convivido durante muchos años, e incluso que
hayan tenido muchos hijos, no significa que sea válido. En el momento del
consentimiento, muchos años atrás, podían estar sucediendo cosas que anularan
este matrimonio, de forma que nunca hubiera tenido lugar, como la falta de
libertad, la incapacidad de muchos tipos, etc. Si esto se demuestra, el
matrimonio es nulo, y nunca existió.
¿Qué es la
famosa inmadurez
afectiva, y cómo se
puede demostrar?
La
abogada matrimonialista Doña Rosa Corazón afirma que la inmadurez afectiva es
la «incapacidad para entregarse, lo cual es algo bastante genérico en el
sustrato de muchos trastornos de personalidad, una incapacidad para aceptar a la otra persona
como lo que es, para compartir la vida, para enriquecerse mutuamente a través
del matrimonio, para la donación».
Si todos
tenemos cierta inmadurez, ¿no deberían ser todos los matrimonios nulos?
En
primer lugar, hay que dejar muy claro que sólo los trastornos psíquicos serios
son los que invalidan el consentimiento
matrimonial. Una inmadurez leve podría reducir la libertad de una persona, pero
desde luego no anula su voluntad y su capacidad para entender. Hay que
distinguir, por tanto, la enorme diferencia que hay entre la incapacidad, y la mera dificultad. La primera, anula; la segunda, es una
responsabilidad común a todos, al tomar una decisión tan importante como la del
matrimonio. Casi todo el mundo, al casarse, cuenta con algunos puntos de su
personalidad en los que aún tiene que madurar. En ese sentido, juega un papel muy
importante la formación
durante el
noviazgo.
Una
nulidad matrimonial. ¿no es un divorcio encubierto?
La
nulidad significa que el matrimonio nunca existió, porque hubo algo gravísimo
que impidió que naciera. Por lo general, cuando la gente pide la declaración de
nulidad, es para rehacer su vida, siendo coherente con su fe.
¿Qué
diferencias hay entre separación, divorcio y nulidad?
Cuando dos personas casadas ven que su convivencia matrimonial es imposible, tanto la ley civil como la canónica autorizan su separación. En cuanto al divorcio, al llevarse a cabo, deja de haber matrimonio para el Estado, aunque sí se reconoce que hubo un matrimonio. No así para la Iglesia, pues el matrimonio es indisoluble. Donde sí se produce congruencia entre Iglesia y Estado es en los casos de nulidad. De la misma manera que cuando una pareja se casa por la Iglesia, este matrimonio es válido también a efectos civiles, la nulidad reconoce que no hubo matrimonio en ningún momento, ni para la Iglesia, ni para el Estado. (Alfa y Omega, nº 551)